Solicitud
REQUISITOS PARA INCORPORARTE A LA NÓMINA DE ÁRBITROS

Artículo 68. Requisitos para integrar la Nómina de Árbitros

Nota:

  1. Presentar su ficha de inscripción.
  2. Presentar curriculum vitae debidamente documentado, en la que indique su título profesional, sus grados académicos, condecoraciones, sus publicaciones de libros o artículos, docencia universitaria, experiencia profesional en general y específica que demuestre su expertiz en medios de solución de controversias o en contratación pública para arbitrajes con el Estado.
  3. Acreditar la condición de abogado u otra profesión, con la copia del título profesional expedido por Universidad Nacional o Extranjera con constancia de inscripción en SUNEDU.
  4. Ejercicio profesional por un mínimo de cinco (5) años, computado desde la fecha de colegiatura.
  5. No tener más de tres (3) recusaciones fundadas resueltas por cualquier institución arbitral en arbitrajes sobre contrataciones con el Estado u otra especialidad en los dos (2) últimos años.
  6. Contar con capacitación en contrataciones con el Estado, arbitraje y derecho administrativo para árbitros, no menor de 384 horas académicas por cada especialidad, expedida por una universidad o en convenio con una universidad acreditada por Sunedu o por una Escuela de Posgrado acreditada por Sunedu. Sin perjuicio de lo expuesto en el presente literal, el postulante a árbitro(a) para contratación pública deberá de cumplir mínimamente los requisitos establecidos por la Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, así como sus normas sustitutorias o modificatorias.
  7. Tener un curso de especialización no menor de 120 horas académicas en temas afines a ejecución contractual de obras públicas o gestión de obras o similar, otorgada por universidad, escuela de posgrado licenciada por SUNEDU o el curso dictado en convenio con universidad o escuela de posgrado.
  8. Tener prestigio profesional, moral y ético, debiendo presentar Declaración Jurada que al momento de su postulación no tiene procedimiento sancionador en trámite y tampoco sanción vigente del colegio profesional al que pertenece o de algún registro del Estado que implique la aplicación de alguna sanción en su condición profesional; tampoco tiene publicaciones en el internet o redes sociales en el que vinculen al postulante a actos de corrupción o escándalos.
  9. Declaración Jurada de no tener antecedentes penales, judiciales y antecedentes policiales, de contrastarse que la información proporcionada ha sido falsa o inexacta generará automáticamente la cancelación de su inscripción, debiendo de informarse al colegio profesional al que pertenece para que proceda conforme a sus reglamentos.
  10. Aprobar el examen de conocimientos escrito, con nota aprobatoria mínimo de 14. El examen será Virtual y/o presencial en las instalaciones de la institución arbitral.
  11. Aprobar la entrevista personal por uno de los integrantes del Consejo Superior de Arbitraje con visto bueno de la Alta Dirección.
  12. Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

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